Reynaldo Muñoz

El caso de las islas del Archipiélago de Nuestra Señora del Rosario resume y ejemplifica la problemática que aqueja en general al medio marino, insular y costero colombiano.

martes, septiembre 19, 2006

8. Conclusiones del autor de este BLOG sobre el tema.

• Es evidente e irrefutable que las Islas del Rosario constituyen baldíos reservados del Estado y por tanto patrimonio público y que, no obstante, se encuentran ocupadas de forma ilegal por detentadores que las han usufructuado por más de medio siglo.

• En la Sentencia T-1186/04 la Corte Constitucional hace énfasis en que la Constitución consagra el deber del Estado de proteger en su integridad el espacio público y garantizar su destinación al uso común. Por tanto, nadie puede apropiarse del espacio público para hacer uso de él excluyendo de su goce a las demás personas.

La misma sentencia precisa: “Los bienes de uso público del Estado, tienen como característica ser inalienables, imprescriptibles e inembargables "(artículo 63 de la Constitución Política).

• Es evidente e irrefutable que esa ocupación ilegal ha generado en el área en cuestión daños ambientales de enorme magnitud, además de los efectos no valorados aún sobre la región del Gran Caribe, todo ello en detrimento del patrimonio ambiental y cultural de todos los colombianos.

• Una consideración integral de lo aquí tratado muestra claramente que durante muchos años la acción de la administración del Estado, en las materias comentadas, ha sido débil y dispersa y en muchas ocasiones constituye una clara violación de la moralidad administrativa.

• Las providencias judiciales relacionadas con esta temática han mostrado que el único camino posible es el de la recuperación absoluta de los terrenos que conforman el archipiélago de Nuestra Señora del Rosario y de los espacios marinos y costeros que comprende el Parque Nacional Natural Los Corales del Rosario y de San Bernardo.

• Es indudable que los organismos de la administración comprometidos en este tema son corresponsables con los ocupantes ilegales de los daños ocasionados, de la grave afectación de la moralidad administrativa y del pésimo ejemplo que con sus actuaciones u omisiones, en el curso de este asunto trascendental, han impactado el patrimonio público y la dignidad de la sociedad colombiana.

• A quién corresponderá atender la recuperación de los graves daños ambientales ocasionados al ecosistema marino, insular y costero de las áreas en cuestión, habiendo sido particulares adinerados quienes los fomentaron? De tener el Estado que atender esa recuperación, seremos todos los colombianos los que terminaremos cubriendo los costos.

• Además, en una apreciación sobre la problemática aludida resalta de manera protuberante la contradicción, existente a lo largo de 38 años, entre los resultados de los estudios e investigaciones de carácter científico y técnico realizados sobre las áreas en cuestión especialmente por los organismos de apoyo al hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial -principalmente el INVEMAR-, y a la DIMAR -a través del Centro de Investigaciones Oceanográficas e Hidrográficas CIOH- además de los estudios que orientaron los actos administrativos que dieron fin al procedimiento administrativo de recuperación de los baldíos indebidamente ocupados, ordenando la restitución de los mismos, y la decisión contenida en el Acuerdo No. 41 del Consejo Directivo de INCODER.

• Las decisiones contenidas en el Acuerdo del Consejo Directivo del INCODER resultan de extremada gravedad puesto que con ellas el propio Gobierno Nacional, una vez más, estaría desconociendo y contrariando abiertamente lo establecido por la ley, por las resoluciones previas emitidas por su propio agente –INCODER- y por las providencias emitidas por las altas instancias judiciales que ya se pronunciaron sobre la justa y lógica solución a este largo y tortuoso proceso.

• Finalmente considero que las decisiones que se toman en este caso, aparte del significado que tendrán para el espacio marino y terrestre del Archipiélago de Nuestra Señora del Rosario y del Parque Nacional Natural Corales del Rosario y de San Bernardo, tienen enorme incidencia en la protección, recuperación y manejo de la totalidad de las zonas marinas, insulares y costeras de Colombia.